En relación con lo anterior, se evidencia de los carteles de notificación, que los mismos fueron recibidos por una persona que se identifica como: FANNY BRICEÑO, titular de la cedula de identidad N° 18.003.441, en su carácter de "Coordinadora de Presupuesto,", se le hace entrega de los carteles de notificación de la demandada "SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA CORINPROINCA C.A (SINTRAEMCOR)", quien los recibe, firma y sella, fijando los respectivos carteles en la puerta principal de entrada que da acceso a las instalaciones de la entidad de trabajo CORPORACIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL CORINPROINCA C.A. Asimismo, esta Juzgadora en aplicación al principio iura novit curia evidencia de los anexos aportados por la parte actora, de su contraparte, es decir, del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA CORINPROINCA C.A (SINTRAEMCOR) que la ciudadana FANNY BRICEÑO, no forma parte de la junta directiva del sindicato, ni consta en el expediente que la referida ciudadana tuvies.....