Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana JOULYS M. AVILA GUARATE, debidamente asistida por el abogado Gualfredo Blanco Pérez, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER (INAMUJER).
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en el oficio s/n, de fecha 19 de septiembre de 2012, emanado del Presidente del Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), mediante el cual se a removió a la hoy querellante del cargo de Coordinadora de Bienestar Social que venía desempeñando, y así se decide.
TERCERO: Se ordena la REINCORPORACIÓN inmediata de la querellante al cargo de Coordinadora de Bienestar Social, que venía desempeñando en el Instituto querellado o en otro cargo d.....