Mediante decisión se declaró IMPROCEDENTE la solicitud formulada por el Defensor Público, en su carácter de Abogado del acusado RAMON EDUARDO FIGUEROA, por existir en su contra dos escritos acusatorios, notifíquese y envíese mediante correo electrónico la Boleta de Notificación de la presente decisión al acusado recluido en el Internado Judicial de Puente Ayala.