Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1-.COMPETENTE para conocer de la demanda de contenido patrimonial interpuesta por el abogado Rafael David Chirinos Ron, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.868, actuando en su carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS), contra la sociedad mercantil "LAS QUINCE LETRAS MACUTO, C.A.".
2-. ADMISIBLE la demanda de contenido patrimonial interpuesta, en consecuencia:
2.1 Se ordena citar a la sociedad mercantil "LAS QUINCE LETRAS MACUTO, C.A.", de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, quien deberá comparecer ante este Tribunal una vez que conste en auto las resultas de la citacion.....