Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito laboral del estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SIDONIO JOSE FREITAS DE FARIAS , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.278.144, y se condena en forma conjunta y solidaria a las sociedades de comercio MULTISERVICIOS AUTOTECH C.A. Y AUTOTECH MOTORS C.A. sociedades mercantiles inscritas en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fechas 20 de Noviembre de 2001 y 16 de Octubre de 2002, anotado bajo el No.79 y 33 y tomos 54-A y 175-A respectivamente y representadas por RODOLFO CONCHA OMAÑA titular de la cédula de identidad No. E-81.376.257, a cancelar al actor la suma de BOLIVARES SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y TRES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.70.847.093,37); p.....