PRIMERO: Con Lugar la acción de amparo constitucional, incoada por Sociedad Mercantil Hotelera Remel, C.A. en contra del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ordena la suspensión la medida de embargo ejecutivo que pesa sobre el inmueble propiedad del accionante en amparo, la cual fue decretada por el Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según oficio 238-01, de fecha 15 de mayo e 2001, y quedó agregada al cuaderno de comprobantes, bajo el número 35, folio 42 al 43, segundo Trimestre del año 2001, en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, actuando por comisión del Juzgado Segundo de Primer Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente 972870.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artícul.....