Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION de fecha veintisiete (27) de junio de 2013, suscrita por una parte por la abogada KEITAH FRANIE COPPIN CAMPBEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 132.941, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, y por la otra, el abogado OSWALDO JOSE CONFORTTI DI GIACOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.424, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.