Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos: LUIS ANGEL CABRERA TOVAS y NATHALY MARÍA RONDÓN VALDIVIEZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Números V- 16.723.210 y 17.707.429, respectivamente, y domiciliados en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar, Estado Monagas, en fecha 28 de junio de 2008, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio número 68 consignada en autos, marcada .....