Declara con lugar la inhibición expresada por la abogada DIOSHELENA MÉNDEZ SARMIENTO, Jueza de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en función de Tercero de Juicio, con fundamento en el artículo 86, numeral 8, en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.