DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Palo negro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de la ciudadana HERNANDEZ DIXIE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.938.854 y el señor FRESNEDA DÍAZ MARIO, extranjero de nacionalidad cubana, en su condición de transeúnte, identificado con el número de cédula de identidad E-84.424.472, en consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio que los une, contraído por ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, en fecha 05 de Septiembre de 2007, asentada bajo el N° 076 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho registro.
Por cuanto se evidencia de autos que de dicha unión no se procrearo.....