DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado justicia, en nombre del la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: NO SE DA POR CONSUMADO el desistimiento del recurso de casación, formulado en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015), por el ciudadano LUIS F. GARCÍA MARTÍNEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano JOSÉ ANGEL SANTANA PÉREZ.
Se ordena la remisión inmediata del presente expediente, mediante oficio a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado Superior.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
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