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Decisiones del dia 03/10/2006

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : CA-8137 N° Sentencia : Fecha: 03/10/2006
Procedimiento:
Nulidad Con Suspensión De Efectos
Partes:
ASOCIACIÓN CIVIL CONDOMINIO PARQUE ARAGUA VS. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Que la situación planteada pudiere causar graves lesiones y daños irreparables o de difícil reparación en la definitiva en caso de que fuere declarado Con Lugar el recurso; por lo que en el caso en cuestión comprende para la Parte Recurrente un daño de difícil reparación, en caso de que su recurso prosperara. En consecuencia, se DECRETA la Suspensión de Efectos de la Providencia Administrativa impugnada, ordenándosele a la ciudadana Inspectora Jefe del Trabajo del Estado Aragua, se Abstenga de Ejecutar la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua, Sala de Fueros, Expediente Nº 043-05-01-02473, de fecha 19 de diciembre de 2005, que le fue mal notificada y con una serie de imprecisiones a la empresa demandada el 09 de enero de 2006, en forma provisional y hasta tanto se decida el Recurso de Nulidad interpuesto, o sea revocada si fuere el caso la medida decretada. Así se declara.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : CA-8134 N° Sentencia : Fecha: 03/10/2006
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
EMPRESA SERENOS LOS ANDES, C.A. (SEANCA) VS.INSPECTORA DEL TRABAJO EN EL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Es necesario precisar que al estar los Actos Administrativos revestidos de una presunción de legalidad, legitimalidad y certeza, de allí que gozan de ejecutoriedad y ejecutividad; resulta impretermitible revisar si están llenos los extremos para acordar la Solicitud de Suspensión de los Efectos del Acto interpuesta, dado que lo señalado constituye la regla. Ahora bien, en el caso en concreto, y revisados los argumentos formulados, se coloca a quien decide, en la situación de tener que analizar, elementos propios que constituyen el fondo del recurso, lo que le está vedado a este Juzgador por lo señalado supra; asimismo de que no se observa el cumplimiento de un requisito esencial para la procedencia de la suspensión de los efectos solicitada, cual es, la necesidad de dictar la medida, para evitar perjuicios irreparables o de difícil reparación por la definitiva, en caso de declararse Con Lugar el Recurso, y además, de no haberse señalado en el caso de autos, en que consistirían los mism.....
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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