Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Felicia Katiusha Hernández y Antonio José Paraco Morales, actuando como apoderados judiciales del ciudadano JOSE GREGORIO RONDON GUARISMA, contra la REPUBLICA BOLIARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL -SERVICIO AUTONOMO INSTITUTO DE BIOMEDICINA-).
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del acto de destitución que afectó al actor, en consecuencia se ordena al Ministerio de Salud y Desarrollo Social (Servicio Autónomo de Biomedicina), reincorporarlo al cargo de Administrador IV o a otro de igual jerarquía y remuneración para el cual reúna los requisitos, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su .....