CUARTO: En consecuencia, llenos como se encuentran tales extremos, este Juzgado Superior Primero ADMITE el Recurso de Casación anunciado por la abogada en ejercicio ALEJANDRA MÁRQUEZ MELO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.806, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana MARIA ELIZABETH NAVARRETE ROSSEL, contra la decisión de fecha 05.08.2014, dictada por éste Juzgado Superior. Haciendo constar que el último de los diez (10) días que otorga la Ley Adjetiva, para el anuncio lo fue el día 02.10.2014. Y ASÍ SE DECIDE.
Se deja expresa constancia: (i) Que los folios 71, 97 al 423, y 484 al 518 de la Pieza Principal, se encuentran tachados y presentan enmendadura; que las foliaturas que no han sido testadas son totalmente válidas.
Remítase, con oficio, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
.....