V
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con lugar la pretensión planteada por el Abg. REINALDO ISEA CHIRINOS, relativa a que se decretara la nulidad absoluta de la decisión mediante la cual se ordenó la privación judicial de libertad de FRANKLIN RAMON COLON RODRIGUEZ.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, un Juez distinto al Abg. NICOL CATALANO CAMPISI, en un plazo máximo de 72 horas contadas a partir del recibo de estas actuaciones, celebrara una nueva audiencia en la que prescindiendo del vicio de inmotivación, resolverá sobre la procedencia o no del enjuiciamiento en prisión del ciudadano FRANKLIN RAMON COLON RODRIGUEZ.
TERCERO: C.....