Resuelto lo referente a la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por el Municipio Baruta del Estado Miranda realizada por los Apoderados Judiciales de la contribuyente ALIMENTOS OCEANIA C.A.,., este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas documentales promovidas mediante escritos de fecha 21-10-2008 y 23-10-2008 por la apoderada judicial del municipio Baruta del Estado Miranda y los apoderados judiciales de la contribuyente ALIMENTOS OCEANIA C.A.,.en los siguientes términos: Este Tribunal por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto a lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva Así se decide.