Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer la presente incidencia de INHIBICIÓN planteada por el Juez Décimo Noveno de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sigue Sociedad Mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil TOTAL EVOLUTION, C.A., y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en un Tribunal Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial que resulte mediante acto de distribución. Remítanse las presentes actuaciones con oficio al Tribunal Distribuidor correspondiente. Líbrese oficio.-