-III-
DECISIÓN
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por NULIDAD DE CONTRATO, sigue la ciudadana LINDA JOSELIN PEREIRA GARCÍA, en contra de los ciudadanos ROBERT ALEXANDER PACHECO MONTILLA, ANABEL COROMOTO VERDE MONTILLA, y la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (B.O.D), todos plenamente identificados, DECLARA: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, numeral 6°, por no haberse cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 340, Ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil, que se refiere a los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo, en los términos expuestos.....