DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: IMPROCEDENTE la oposición formulada por la Abogada MAGALYS SUÁREZ de MOSQUEDA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 157.562, actuando en su carácter de apoderada judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, parte querellada, en contra de las pruebas documentales y testimoniales promovidas por la parte actora, conforme a la motiva de la presente providencia.
Segundo: SE ADMITEN las pruebas documentales contenida en el Capítulo I, conforme a la motiva de la presente providencia.
Tercero: SE ADMITEN las pruebas testimoniales contenidas en el Capítulos II, conforme a la motiva de la presente providencia.