Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: la incompetencia de este Tribunal para conocer del Amparo Sobrevenido y en consecuencia se ordena el desglose del escrito de Amparo Sobrevenido, así como de todas las actuaciones inherentes al mismo, y remitirlo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que el Tribunal que por distribución corresponda, conozca del mismo
No hay expresa condenatoria en costas, por las características del presente pronunciamiento.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del.....