D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano GAETANO ANTONIO CAMODECA SPELLINO, identificado con la cedula de identidad Nro. E-868.360, contra la ciudadana MARILU MARQUEZ SANCHEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-11.216.873, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día cuatro (04) de agosto del año 2017, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry, del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 436, Tomo B, Folio 186, Año 2017, Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070.....