DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos: ALEXIS JAVIER DIAZ y CARMEN ZIOMARA CHACON PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros.: V-9.673.491 y V-10.149.471, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue contraído en fecha 17 de Octubre de 1987 por ante la Prefectura de la Parroquia José Antonio Páez del Municipio Girardot del Estado Aragua, acta de matrimonio Nº 768, Tomo 5, Año 1984.
Procédase la EJECUCIÓN de la presente Sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507.....