en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no fue contrario a derecho la ciudadana Juez impartió la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesaldel Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenara el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado