En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos LUIS ANTONIO PEÑA ALVARADO y ADRIANA JESUS ROJAS CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.729.875 y V-13.520.838 respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada: SUSANA VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 149.553.
SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha17 de Septiembre de 2005, por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, según se evidencia, Acta de Matrimonio inserta bajo e.....