Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada por la sociedad mercantil INDUSTRIAS DE ALIMENTOS EL TRÉBOL, S.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa del 09 de abril de 2025, emanada de la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA, que declaró sin lugar el recurso reconsideración ejercido contra la decisión contenida en el acto administrativo de Certificación Médica N° ARA-0055-2024 de fecha 05 de abril de 2024, mediante la cual, se determinó que el ciudadano JHOAN CIFUENTES LIZARAZO, ya identificado, había sufrido un accidente de trabajo.