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DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON LA ACCIÓN DECLARATIVA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesto por el Abg. Johanán José Ruiz Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.921.621, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 112.077, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Hacienda Torre Casa C.A, domiciliada en Caracas, Distrito Capital e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 02 de Febrero de 1996 ,bajo el número 20, Tomo 18-A Qto., contra el Acto Administrativo dictado por el Dir.....