IV
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Demanda interpuesta por el abogado Víctor José Correa Fernández, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.233, actuando como apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular Para las Comunas y Protección Social contra la Sociedad Mercantil C.A., EDITORIAL DEL DIARIO VEA, antes identificado y en consecuencia:
- Se ORDENA a la Sociedad Mercantil C.A., EDITORIAL DEL DIARIO VEA, a pagar la multa equivalente a un mil setecientos ochenta unidades tributarias (1.780 U.T), impuesta por incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 28, 31, 35 y 72 de la Ley para las Personas con Discapacidad.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y.....