En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Legitima la aprehensión de la ciudadana NATHALY MICHELL LOPEZ TERAN, en virtud que sobre la misma pesa una solicitud según Orden de Captura N° 099 y 100, Oficio N° 2091, de fecha 19-10-2017, por los delitos de HURTO AGRAVADO Y AGAVILLAMIENTO, Causa N° 8C-22.056-15, emanada del Juzgado Octavo en Funciones de Control de Este Circuito Judicial Penal. TERCERO: Se acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA, ante el juzgado Octavo en Funciones de Control de Este Circuito Judicial Penal por cuanto la ciudadana NATHALY MICHELL LOPEZ TERAN, se encuentra solicitada por dicho tribunal. CUARTO: Se Mantiene MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en.....