Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos ROMEL EDGARDO VELASQUEZ GONZALEZ y DANIELA ANMIYELITH ELIZABETH DOMINGUEZ PORTES, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-17.225.918 y V-20.449.462 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 7 de diciembre de 2017, por ante el Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco del Municipio Girardot, estado Aragua, según se evidencia de Acta N° 884, Tomo IV, Año 2017, asentada en los libros de matrimonio.....