En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento presentado por al Abogada EVA VELASQUEZ BOADA, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A. En consecuencia se ordena la devolución de los originales solicitados, previa certificación en autos, y el archivo del expediente. No hay imposición al pago de costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DIARICESE y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Años l98º de la Independencia y l50º de la Federación.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada. .....