declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada, contra el auto de fecha siete (07) de noviembre de dos mil doce (2012), dictado por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida. Se condena en costas por la apelación a la parte demandada.