Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano EDWARD ALEXANDER SILVA CAÑAS, identificado con la cedula de identidad N° V-12.682.610, contra la ciudadana YSLEY DEYANIRA ROBLES CAMEJO, identificada con las cedula de identidad nro. V-7.274.533, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinticuatro (24) de Agosto del año 2007, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot, del Estado Aragua, según se evidencia del acta de Matrimonio N° 119, Tomo IV, del año 2007, con fundamento en la sentencia N° 1070 de fecha 9 de diciembre del 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en la sentencia.....