Por todos los razonamientos expuestos, y las consideraciones antes señaladas y en virtud de los fundamentos de hechos y de derecho que anteceden, este Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, este Tribunal para conocer la presente solicitud, en imperio a lo establecido en los artículos 49.3, 253, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 9, 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículos 58, 68, todos del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, únicamente en relación al ciudadano de quien en vida respondiera al nombre de JESUS BURELIS MARTINEZ VILLARROEL, titular de la cedula de identidad N° V-15.090.127, titular de la cedula de identidad N° V-15.090.127, Venezolano, de estado civil soltero, de 66 años de ed.....