Por lo antes expuesto y con apego a lo establecido en los artículos 12 y 362 del Código de Procedimiento Civil, y el Articulo 39 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Acción de Desalojo intentada por el ciudadano: EOVALDO HERNANDEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.880.463 y quien tiene como Apoderado Judicial la Ciudadana CARMEN JUDITH GONZALEZ DE LOPEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.545.322 Abogada inscrita en el IPSA bajo el N° 59.379 y de este domicilio, en contra del Ciudadano: HECTOR RAFAEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.671.718, y de este domicilio. Considerando Primero esta Sentencia; en consecuen.....