-III-
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO fundamentada en el artículo 91 del Decreto Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, vigente para relaciones arrendaticias de esta naturaleza en esa época y los artículos 1.167, 1.579, 1.592 del Código Civil, intentada por el ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ, contra la ciudadana RAYDELI DEL CARMEN CASTILLO ANGULO, identificados ab initio. En consecuencia, se ordena la entrega material, del inmueble objeto de la pretensión constituido por un apartamento para vivienda, signado con el número 33, ubicado en el tercer piso del Edificio "Residencias Toro", situado entre las esquinas.....