Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, ordena: la INDEXACIÓN JUDICIAL del monto de lo estimado en la reforma de la demanda, la suma de UN MILLÒN DISCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. S 1.225.000.000) desde la admisión de la reforma de la demanda en fecha 28 de febrero de 2018, hasta la fecha en que quedó definitivamente firme la sentencia del 10 de agosto de 2018, vale decir en fecha 16 de noviembre de 2018, con la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, para lo cual, se ordena oficiar al Banco Central de Venezuela, con el objeto de que -por vía de colaboración- determine el monto corregido.