En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: JOSE ANTONIO GARCIA y GLORIA MARGARITA PACHECO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 4.553.501 y V-4.550.606 respetivamente . En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 22 de septiembre de 1972, por ante el Registro Civil de la Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, según consta en Acta de Matrimonio Nº 455, Tomo 2, del año 1972, inserta en éstas actuaciones.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio ordin.....