DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada por la abogada NORA CUBA TOLEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.516, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana JEANETTE JOSEFINA DELGADO RONDON.
SEGUNDO: INADMISIBLE POR CADUCIDAD el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la abogada NORA CUBA TOLEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.516, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana JEANETTE JOSEFINA DELGADO RONDON, titular de la cedula de identidad Nº 8.329.950, en contra de la Providencia Administrativa Nº 16 de fecha 11 de abril de 2005, signado con el Nº OGH-172, dictada por el Instituto Nacional de Aviación Civil, adscrito al Ministerio del Poder Popul.....