SIN LUGAR el recurso de recusación interpuesto por la abogada por la abogada GRACIELA GARCIA, contra del Dr. Diego Araujo Aguilar, Juez del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial. Conforme lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se multa a la abogada Graciela García por la cantidad de diez unidades tributarias (10 U.T.), a ser pagada por ante cualquier oficina receptora de Fondos Nacionales para su ingreso a la Tesorería Nacional, para lo cual está a su disposición el oficio correspondiente.