este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario apelación ejercido en fecha 31 de enero de 2011, por la abogada PATRICIA NAVARRO PUCHE en su condición de apoderada judicial de la demandante ciudadana MARTA JOSEFINA RODRIGUEZ SUBERO, contra la decisión proferida en fecha 26 enero de 2011, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda revocada con la motivación aquí expuesta; por lo que NO HA lugar la perención breve de la instancia, dado que no están dados los supuestos fácticos de la disposición contenida en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO impetrado por .....