Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con amparo cautelar.
2.- ADMITE PROVISIONALMENTE el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida de amparo cautelar constitucional, contra la Resolución (Sumario Administrativo) N° SNAT/ INTI/GRTICERC/DSA-R/2021-528 de fecha 7 de octubre de 2021, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional propuesta por la asociación civil CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CARACAS.