Vista la solicitud formulada por el ciudadano CESAR RENE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.511.759, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N°290.270, actuando en su carácter de representante legal de la ciudadana WILMARI ALEXANDRA ALVAREZ APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.501.134, según consta en Poder Especial debidamente autenticado por la Notaria Publica de Guasdualito Estado Apure, asentado bajo el N°15, Tomo 2, Folios 45 hasta 47 de fecha 15 de marzo del 2023, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO EMPADRONAMIENTO 05-11-01-U07-059-012-016-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Santiago Mariño, Fundo la Represa, Sector Ríos de Agua Viva, Calle Enmanuelle N°17, la cual tiene una superficie de terreno de CIENTO SETENTA CON CATORCE METROS CUADRADOS (170,14Mts2).....