En este estado siendo las 3:55 p.m., este Tribunal vista las exposiciones de las partes, el ofrecimiento hecho y aceptado por el abogado ejecutante y a pesar que en su exposición no fue manifestado la ejecución o no de la de la medida este Tribunal acuerda no practicar la medida de embargo preventivo en virtud del pago que han realizado en este acto