DECISIÓN
Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO por ABANDONO VOLUNTARIO, establecidas en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, intentada por la ciudadana ALEJANDRA CAROLINA SUAREZ CARRERA contra el ciudadano JUAN LUIS GONZALEZ CAMPOS plenamente identificados, y disuelto el vinculo matrimonial que los unía contraído por ante la Prefectura de la parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre en fecha 08-01-1.996.
Con relación al régimen a favor de la adolescente (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)GONZALEZ SUAREZ, actualmente de doce (12) años de edad, este tribunal lo acuerda.