En base a las anteriores observaciones, ESTA SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PASA A EMITIR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la pretensión del profesional del derecho OSCAR BORGUES PRIM, actuando en su carácter de defensor del ciudadano JORDI ALEXANDER HERRERA CORDOVA, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25 de Marzo de 2008, en la Audiencia Oral Para Oír al Imputado, mediante la cual Decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al mismo.-
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por la Juez Trigésima Primera de Primera Instancia en Función de Control, en fecha 25 de Marzo de 2008, en la Audiencia Oral Para Oír al Imputado, mediante la cual Decretó la Med.....