DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Control Sexto administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ratifica, decretado como fue el Archivo Fiscal por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena el cese de las Medidas Cautelares impuesta en el presente caso a los imputados Yasmani Daniel Bernal Rojas titular de la cédula de identidad Nº E- 77.0951.48, Villa García Alexander titular de la cédula de identidad Nº E-72.207.927, Luís Antonio Ortiz Caballero titular de la cédula de identidad Nº E-77.023.473 por el delito de de Falsa Atestación ante Funcionario Publico previsto y sancionado en el articulo 321 del Código Penal Vigente para la época. Notifíquese a las partes de la presente decisión y líbrese las boletas correspondientes. Regístrese y publíquese