Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial penal del estado Monagas, con carácter Mixto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA ; PRIMERO: CULPABLE al Ciudadano acusado: JOSE GREGORIO BELEN REINOZA, Venezolano, nacido en Maturín Estado Monagas, tengo 25 años de edad, nacido el 01-08-83 estado Civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.712.119, con Cuarto año de educación diversificada, de profesión u oficio obrero, hijo de Adolfo Belén Sánchez y Silvina Reynosa Torres, domiciliado en la Calle Ancha de la invasión de la Puente, en un rancho, cerca de la parada de la ruta 22, número de esta ciudad de Maturín Estado Monagas, DETENTACION ILICITA DE ARTEFACTOS EXPLOSIVOS previsto y sancionado en el artículo 296 primer aparte Código Penal del en perjuicio del Estado Venezolano; de .....