Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil , Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN Y DE LA INSTANCIA EFECTUADO POR LA PARTE ACTORA. y en consecuencia, se DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, y se ordena el cierre y archivo del expediente declara terminado el presente procedimiento.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los Cuatro (04) días del mes de junio del año dos mil doce (04-06-2012). Años 201º de la Independencia y 153º de la Federación.-
La Jueza,
Abg. Sol M. Vegas F.
La Secretaria,
Abg. Amarilis Rodríguez
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se publicó y registró la anterior decisión siendo las 11:15 am.-
La Secretaria,
Abg. Amarilis Rodríguez
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