D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de Diciembre de 2015, relacionada con el expediente N° 15-1085 y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su Artículo 8° numeral 8, presentada por la abogada en ejercicio FLERIDA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.854, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos: JOHNNY ALBERTO RIVERO MELO y ORIANA YBELISE MALDONADO MARTINEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-25.742.445 y V-25.618.206 respectivamente. En .....