´´D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por la ciudadana DAFNE ZOELY IZAGUIRRE DE TERAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-12.001.212, contra al ciudadano BLADIMIR TERAN MONASTERIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-8.814.298 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 20 de Diciembre del año 1996, por ante el Tribunal de Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga del Estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 79, folio 231 del año 1996, con fundamento en el a.....